Corrección de errores del Reglamento (CE) n.o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales) (Diario Oficial de la Unión Europea L 300 de 14 de noviembre de 2009)

Identifier:
32009R1069R(06)
Status:
effective
Text language:
es

Corrección de errores del Reglamento (CE) n.o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 , por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales) (Diario Oficial de la Unión Europea L 300 de 14 de noviembre de 2009 )

En la página 6, en el considerando 42, primera frase:donde dice: El Reglamento no debe aplicarse a las conchas de moluscos despojadas de la carne o los tejidos blandos., debe decir: El Reglamento no debe aplicarse a las conchas de moluscos y los caparazones de crustáceos despojados de la carne o los tejidos blandos;.

En la página 6, en el considerando 42, segunda frase:donde dice: Debido a la diversidad de las prácticas aplicadas en la Comunidad de retirada de la carne o los tejidos blandos de las conchas, deben poder utilizarse conchas cuya carne o tejidos blandos no se hayan retirado totalmente, a condición de que su uso no entrañe un riesgo para la salud pública ni la salud animal., debe decir: Debido a la diversidad de las prácticas aplicadas en la Comunidad de retirada de la carne o los tejidos blandos de las conchas y los caparazones, deben poder utilizarse conchas o caparazones cuya carne o tejidos blandos no se hayan retirado totalmente, a condición de que su uso no entrañe un riesgo para la salud pública ni la salud animal..

En la página 11, en el artículo 2, apartado 2, letra f):donde dice: f) las conchas de moluscos despojadas del tejido blando y la carne;,debe decir: f) las conchas de moluscos y los caparazones de crustáceos despojados del tejido blando y la carne;.

En la página 15, en el artículo 10, letra k), inciso i):donde dice: i) conchas de moluscos despojadas del tejido blando o la carne,,debe decir: i) conchas de moluscos y caparazones de crustáceos con tejido blando o carne,.

En la página 17, en el artículo 14, letra h):donde dice: h) si consiste en conchas de moluscos distintas de las mencionadas en el artículo 2, apartado 2, letra f), y cáscaras de huevo, se utilizará en condiciones fijadas por las autoridades competentes que prevengan los riesgos para la salud pública y la salud animal;,debe decir: h) si consiste en conchas de moluscos o caparazones de crustáceos distintos de los mencionados en el artículo 2, apartado 2, letra f), y cáscaras de huevo, se utilizará en condiciones fijadas por las autoridades competentes que prevengan los riesgos para la salud pública y la salud animal;.