Corrección de errores del Reglamento (UE) n.o 1141/2010 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2010, por el que se establecen el procedimiento para renovar la inclusión de un segundo grupo de sustancias activas en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y la lista de dichas sustancias (Diario Oficial de la Unión Europea L 322 de 8 de diciembre de 2010)

Identifier:
32010R1141R(01)
Status:
effective
Text language:
es

Corrección de errores del Reglamento (UE) n.o 1141/2010 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2010 , por el que se establecen el procedimiento para renovar la inclusión de un segundo grupo de sustancias activas en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y la lista de dichas sustancias (Diario Oficial de la Unión Europea L 322 de 8 de diciembre de 2010 )

En la página 16, en el artículo 15, apartado 3:donde dice: La Autoridad pondrá el informe de evaluación de la renovación a disposición del público, excepto las partes para las que se haya pedido un tratamiento confidencial que esté justificado con arreglo a lo establecido en el artículo 14 de la Directiva 91/414/CEE., debe decir: La Autoridad pondrá el expediente resumido complementario a disposición del público, excepto las partes para las que se haya pedido un tratamiento confidencial que esté justificado con arreglo a lo establecido en el artículo 14 de la Directiva 91/414/CEE..