Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2023/2429 de la Comisión, de 17 de agosto de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las normas de comercialización para el sector de las frutas y hortalizas, determinados productos procedentes de frutas y hortalizas transformadas y el sector de los plátanos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 1666/1999 de la Comisión y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 543/2011 y (UE) n.o 1333/2011 de la Comisión (Diario Oficial de la Unión Europea L, 2023/2429, 3 de noviembre de 2023)
- Identifier:
- 32023R2429R(07)
- Status:
- effective
- Text language:
- es
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2023/2429 de la Comisión, de 17 de agosto de 2023 , por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las normas de comercialización para el sector de las frutas y hortalizas, determinados productos procedentes de frutas y hortalizas transformadas y el sector de los plátanos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 1666/1999 de la Comisión y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 543/2011 y (UE) n.o 1333/2011 de la Comisión (Diario Oficial de la Unión Europea L, 2023/2429, 3 de noviembre de 2023)
En la página 73, en el anexo I, parte B, parte 11, sección III, párrafo cuarto:donde dice: No obstante lo dispuesto en el párrafo tercero, los plátanos de los subgrupos Gros Michel y Cavendish producidos en Madeira, Azores, Algarve, Canarias, Creta, Laconia y Chipre de longitud inferior a 14 cm podrán comercializarse en la Unión, pero se clasificarán en la categoría II., debe decir: No obstante lo dispuesto en el párrafo tercero, los plátanos de los subgrupos Gros Michel y Cavendish producidos en Madeira, Azores, Algarve, Canarias, Creta, Laconia y Chipre de longitud inferior a 14 cm podrán comercializarse en la Unión..